Diferencias entre el cheque y el pagare en Italia
Diferencias entre el cheque y el pagare en Italia :
Un cheque es un documento de pago que una persona emite a favor de un beneficiario. En este sistema de pago intervienen tres personas: El librador: Sujeto que emite el cheque y lo firma; el librado: Entidad bancaria que paga el importe del cheque; y el beneficiario: Sujeto que cobra el cheque. A veces también encontramos la figura del avalista.
El pagaré es un documento privado mediante el cual el emisor se compromete a abonarle a un beneficiario una cantidad de dinero en una fecha y lugar determinados. En este caso intervienen dos personas – a veces, puede intervenir un avalista. Emisor: Sujeto que se compromete a pagar la suma de dinero. Beneficiario: Sujeto a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré.
Ambos suponen una orden de pago utilizada para abonar cantidades adeudadas; Son entregados por un emisor (una entidad financiera o una persona) a un beneficiario, al que se autoriza a cobrar una determinada cantidad de dinero; Tienen una fecha de emisión y la firma del emisor manuscrita.
Las diferencias se encuentran en: la fecha de cobro. El cheque puede ser cobrado desde el momento en que se expide, mientras que el pagaré tiene un lugar y una fecha de cobro establecidos; En el cheque siempre participa la entidad bancaria, mientras que en el pagaré no; Beneficiario: los pagarés deben ser emitidos para una persona física o jurídica en concreto, es decir, no se aceptan los llamados “al portador”. En cambio, no hace falta emitir los cheques para una persona en particular; Avales: a diferencia del cheque, el pagaré puede ser avalado por terceros, contra los que se ejecutará el cobro en caso de que el emisor no disponga de fondos en la fecha estipulada. Por su parte, el cheque solo puede estar avalado por la entidad de financiación emisora, nunca por un tercero; Garantía de fondos: no existe un tipo de pagaré en el que se garantice que haya fondos, como en el caso del cheque conformado.
El pagaré es un título de crédito que lleva aparejada la ejecución. Esto quiere decir que, a raíz del impago de este – y una vez agotada la vía amistosa de reclamación del crédito, el beneficiario podrá interponer directamente un juicio ejecutivo para reclamar el importe no pagado, los intereses y gastos correspondientes. El tenedor no tendrá que observar el orden en que lo hicieron los obligados, y podrá actuar contra ellos de forma individual o conjunta.
Por otra parte, el cheque es un titulo de crédito que “nace vencido”, esto es, una vez que se firmó puede ser cobrado, no existiendo el “cheque a fecha”, ya que este último no es más que un acuerdo.
Por lo tanto, la orden de no pago por incumplimiento de contrato es ilegal, de modo que, una vez emitido el cheque, no podrán alegarse causas que eximan del cumplimiento de este. De hecho, únicamente existen 3 causales por las cuales el librador puede dar orden de no pago:
- a) Falsificación de firma del librador (quien emite el título),
- b) Alteración del cheque en relación con la suma o al beneficiario;
- c) Y extravío, hurto o robo del documento.
Para que el pagaré y el cheque tengan eficacia ejecutiva o puedan ejecutarse judicialmente, deberá levantarse protesto – acto notarial que sirve para acreditar que se ha producido la falta de pago.
Las acciones judiciales deberán ejercitarse en el plazo de 6 meses contados desde el momento en que se intentó su cobro (fecha del protesto), y se tramitarán a través del juicio cambiario.
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