Administración de empresas en Italia
Servicio de administración de empresas en Italia :
La administración de la empresa es la actividad de gestión de la empresa social. El poder de administrar es el poder de realizar todos los actos que recaen dentro del objeto corporativo. Cuando la administración de la sociedad pertenece a varios accionistas (todos o algunos) y en los estatutos no se mencionen los métodos de ejercicio del poder de administración, se aplica la administración solidaria: cada accionista es un director, o tiene la facultad de administrar y podrá realizar todas las operaciones que caigan dentro del objeto social por sí solo, sin estar obligado a solicitar el consentimiento u opinión de los demás miembros administradores, o para informarles con antelación de las operaciones previstas.
La administración solidaria ofrece la ventaja de tomar decisiones rápidamente, pero no está exenta de peligros, ya que el director individual puede llevar a cabo operaciones que no son rentables para la empresa sin el conocimiento de los demás. Precisamente por esta razón es posible prever el método de administración mancomunada. La administración mancomunada deberá ser expresamente acordada por los socios en la escritura de constitución o mediante modificación de esta, dado que, en el silencio de las partes, la norma es la administración mancomunada. La administración conjunta también puede ser unánime o mayoritaria. En la unánime, se requiere el consentimiento de todos los accionistas gestores para la realización de las operaciones societarias, en la mayoritaria, el consentimiento de la mayoría de los administradores es suficiente, calculado en relación con los beneficios que se les atribuyen. Tanto la administración disyuntiva como la conjuntiva pueden confiarse a todos los miembros o solo a algunos miembros.
Por último, se puede prever que la administración de la empresa se confiará a uno solo de los socios. Las opciones son, por tanto, múltiples y el notario puede, dada su competencia, ayudarle a desarrollar un modelo de administración adecuado a sus necesidades y a las de la empresa. Mientras que el director es quien tiene el poder de administrar la empresa, es decir, el poder de decidir la realización de actos sociales (este poder tiene relevancia interna), el representante, por otro lado, es el que tiene el poder de expresar la voluntad social externamente, es decir, de actuar en nombre y por cuenta de la sociedad (este poder tiene relevancia externa).a) Si no se acuerda lo contrario en el contrato social, la representación de la sociedad es responsabilidad de cada socio director, por separado o conjuntamente, dependiendo de si de una forma u otra se ha previsto la administración.
Esto significa que:- si la administración es solidaria, cada director puede decidir solo y solo estipular actos en nombre de la sociedad;- si la administración es conjunta o mancomunada, todos los miembros administradores deben participar en la conclusión de la escritura (firma conjunta).b) Sin embargo, debe especificarse que los accionistas tienen la oportunidad de regular de manera diferente la facultad de administrar que la de representar. Por ejemplo:- la representación legal de la sociedad sólo puede reservarse a algunos socios gestores;- puede establecerse que para determinados actos es necesaria la firma conjunta, aunque la administración sea inconexa;- la firma separada puede proporcionarse para actos que no superen una determinada cantidad o, genéricamente, para actos de administración ordinaria y firma conjunta para aquellos de mayor cuantía o administración extraordinaria (o para aquellos actos de administración que se encuadren dentro de la actividad prevista como objeto social de la propia sociedad).
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