Indemnizaciones tras la resolución del contrato de agencia en Italia

Servicios acerca de las indemnizaciones tras la resolución del contrato de agencia en Italia:

Siempre que se cumplan determinadas circunstancias, el agente comercial tiene derecho a percibir una serie de indemnizaciones tras la resolución del contrato de agencia: la indemnización por el fin de la relación comercial, la supletiva y la meritocrática.

Estas compensaciones representan un derecho del agente a percibir una suma de dinero por la relación comercial mantenida con el principal. La función de esta indemnización no es otra que, proteger al propio agente por las posibles pérdidas tras la extinción de la relación y recompensarlo por el trabajo realizado.

En Italia, el derecho del agente a ser indemnizado tras extinguirse el contrato de agencia suscrito viene regulado en al artículo 1751 del Código Civil italiano. El propio artículo establece, la obligación del empresario a pagar esta indemnización siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el agente haya aportado nuevos clientes al empresario o incrementado sensiblemente las operaciones con los clientes preexistentes;
  • Que el principal, tras la extinción del contrato, siga beneficiándose económicamente de los clientes aportados por el agente.

Sin embargo, el segundo apartado del artículo 1751 del Código civil italiano, prevé que la indemnización no será debida cuando concurra alguna de las siguientes hipótesis:

  1. Cuando el contrato haya sido resuelto por causas imputables al agente;
  2. Cuando el agente cede a un tercero los derechos y obligaciones que tiene en virtud del contrato de agencia;
  3. Cuando sea el propio agente quien decida rescindir del contrato.

El legislador prevé, no obstante, dos excepciones respecto a la última de las hipótesis:

  • Cuando la rescisión proveniente del agente es justificada debido a circunstancias atribuibles al principal o;
  • Cuando la rescisión es debido a circunstancias atribuibles al agente, tales como edad, enfermedad, invalidez, razón por la cual no puede seguir desarrollando la actividad profesional.

En síntesis, la indemnización por fin de la relación laboral es debida siempre, salvo que concurran alguna de los motivos anteriormente expuestos.

El segundo emolumento al que tiene derecho recibir el agente, es la indemnización supletiva de clientela. Esta suma de dinero corresponde siempre al agente, salvo cuando el contrato se resuelve por causas imputables al mismo o de mutuo acuerdo. Por tanto, en el caso de que sea el principal quien decida rescindir de contrato voluntariamente, el agente tendrá derecho a percibir tal indemnización.

En último lugar, la indemnización meritocrática deberá ser entregada al agente junto a los dos anteriores emolumentos siempre que, se hayan aportado nuevos clientes o sigan existiendo ventajas sustanciales para la principal derivada de las negociaciones con dichos clientes.

 

FormaItalia es un despacho especializado en asesoría jurídica internacional en el ámbito laboral en Italia. Por tanto, una de las cuestiones que aborda asiduamente es precisamente el pago de estas tres indemnizaciones tras la extinción de un contrato de agencia. Nuestro despacho se encarga de informar a los clientes Aquellas empresas interesadas en obtener más información pueden escribir a info@formaitalia.es o contactarnos telefónicamente a través del +34 93 181 05 88. FormaItalia analiza sin compromiso la situación de la empresa en España e Italia adaptándose a las necesidades de cada una para su expansión en el país.

Indemnizaciones tras la resolución del contrato de agencia en Italia

Indemnizaciones tras la resolución del contrato de agencia en Italia

Multinacionales

Asesoramos en todas nuestras áreas a empresas españolas con presencia en todo el mundo y establecimiento permanente también en Italia.